• marzo 19, 2024

Monotributo: Recategorizate en la Letra correspondiente o MULTA!

Si la AFIP detecta que no se optó por la recategorización, el organismo lo hará de oficio. Además, se obligará al contribuyente a abonar los nuevos montos y pagar una multa del 50% de lo que le hubiera correspondido pagar.

Hasta el próximo 22 de julio los contribuyentes tendrán tiempo para recategorizarse en el régimen del monotributo. Según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el nuevo pago se realizará en agosto próximo.

Los contribuyentes que están alcanzados por la recategorización son aquellos cuyos parámetros sean superiores o inferiores a la categoría declarada en la presentación anterior y los que pueden permanecer en la misma categoría no tendrán que realizar ninguna gestión la AFIP tomará como confirmada la categoría actual.

Si el organismo recaudador detecta que el contribuyente que debía recategorizarse no lo hizo hasta el 20 de este mes, hará el cambio de oficio y lo obligará a abonar los nuevos montos y serán sancionados con una multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional que les hubiera correspondido pagar.

De haber transcurrido seis meses completos o más desde el inicio de actividades al momento de la recategorización, se deberá proceder a anualizar los parámetros a fin de determinar la recategorización y en caso de completar ese período también se mantendrá la categorización inicial hasta el momento que corresponda la primera recategorización.

Cómo realizar la recategarización del Monotributo

Ingresar al portal web de Monotributo o descargar la APP Monotributo.

Indicar CUIT, clave fiscal y presionar “Aceptar”.

Seleccionar la opción “Recategorizarme” (allí también se podrá observar en carácter informativo los datos que posee este organismo de la situación tributaria).

Seleccionar la opción “Continuar recategorización”.

Indicar la opción “Imprimir credencial”.

Completar el formulario de Declaración Jurada 184 informando los nuevos parámetros.

Luego, el sistema emitirá el F.184 como comprobante del trámite realizado y la nueva credencial de pago.

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