Suspenden vuelos que llegan de países infectados por un mes
El Gobierno a través de un DNU dispuso la ampliación la emergencia pública en materia sanitaria por el plazo de un año. Además confirma el aislamiento y suspende por un mes los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las “zonas afectadas”.
El Gobierno a través de un DNU dispuso la suspensión por un mes de los vuelos internacionales provenientes de Europa, Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China, e Irán ante el avance de la pandemia de Coronavirus que ya cuenta con 30 infectados en todo el país.
Además, resolvió extender la emergencia sanitaria por un año, el aislamiento obligatorio de 14 días y otras medidas de prevención tendientes a evitar la propagación del contagio del virus.
El incumplimiento de la medida complementaria tomada por la ANAC respecto del procedimiento para el descenso de pasajeros será fiscalizado y el incumplimiento de la misma también será pasible de las sanciones mencionadas.
El decreto establece “la emergencia pública en materia sanitaria por el plazo de un año”, y se faculta al Ministerio de Salud “como autoridad de aplicación”.
Además, fija “la suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las zonas afectadas, durante el plazo de 30 días”.
Como acciones preventivas, se dispone la cuarentena obligatoria de 14 días, “plazo que podrá ser modificado por la autoridad de aplicación según la evolución epidemiológica”, para quienes revistan la condición de “casos sospechosos”, o tenga historial de viaje a zonas de circulación del virus.
También para quienes “posean confirmación médica de haber contraído el COVID-19”, sus “contactos estrechos”.
“En caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento indicado y demás obligaciones establecidas en el presente artículo, los funcionarios o funcionarias, personal de salud, personal a cargo de establecimientos educativos y autoridades en general que tomen conocimiento de tal circunstancia, deberán radicar denuncia penal para investigar la posible comisión de los delitos previstos en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”, explica el texto.
Además, se declaran “zonas afectadas por la pandemia a todos los países de Europa, Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China, e Irán”.
Sobre los eventos masivos, el Poder Ejecutivo “podrá disponer el cierre de museos, centros deportivos, salas de juegos, restaurantes, piscinas y demás lugares de acceso público; suspender espectáculos públicos y todo otro evento masivo; imponer distancias de seguridad y otras medidas necesarias para evitar aglomeraciones”.
En tanto, el decreto afirmar que “las personas que presenten síntomas compatibles con COVID-19 deberán reportar de inmediato dicha situación a los prestadores de salud”.